{"id":54,"date":"2015-03-13T10:36:36","date_gmt":"2015-03-13T09:36:36","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/?p=54"},"modified":"2015-03-13T10:36:36","modified_gmt":"2015-03-13T09:36:36","slug":"casarse-a-primera-vista-y-otras-formas-de-acabar-en-los-juzgados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/2015\/03\/13\/casarse-a-primera-vista-y-otras-formas-de-acabar-en-los-juzgados\/","title":{"rendered":"Casarse a primera vista y otras formas de acabar en los juzgados"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"float: left; color: #087dd6; font-family: fjord one; font-size: 100px; line-height: 70px; padding-top: 4px;\">S<\/span> i esto fuese el programa de televisi\u00f3n <em>El Diario de Patricia<\/em> este post tendr\u00eda que comenzar necesariamente as\u00ed: \u00bfte has casado y has descubierto que tu pareja es asexual?, \u00bfpasaste por el altar porque ibais a tener un hijo y te has enterado de que no es tuyo? Si te encuentras en esta situaci\u00f3n, primero que nada decide si prefieres quemar sus cosas o sacarlas en cajas a la puerta de casa, yo, ante posibles denuncias, te recomendar\u00eda la segunda. Una vez ejecutado el paso 1, deber\u00e1s elegir entre divorciarte o intentar que el juez te conceda la <strong>nulidad matrimonial por vicio en el consentimiento.<!--more--><\/strong><\/p>\n<p>La figura del matrimonio nos ofrece situaciones variopintas, incluso dir\u00eda que kafkianas, y no s\u00f3lo en el post-altar como pueda ser el caso de la <a href=\"https:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/2015\/02\/10\/la-noche-de-bodas-no-fue-como-esperabas-disuelve-el-matrimonio\/\" target=\"_blank\">disoluci\u00f3n por inconsumaci\u00f3n<\/a>, sino tambi\u00e9n en los actos preparatorios como en la <a href=\"https:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/2015\/02\/03\/decir-si-quiero-puede-salirte-literalmente-muy-caro\/\" target=\"_blank\">promesa de matrimonio<\/a>. Hace pocos d\u00edas mi compa\u00f1ero de trabajo, que est\u00e1 felizmente casado, me pregunt\u00f3 si ten\u00eda la intenci\u00f3n de aumentar la tasa de divorcios, que de por s\u00ed no es baja. Antes que nada, quiero que conste en acta que no es ese mi prop\u00f3sito, aunque por la publicidad que a veces aparece en la banda derecha de \u201cdivorcios a 375\u20ac\u201d, pueda parecerlo. A m\u00ed que me registren, hasta donde s\u00e9 no soy culpable de ninguno, adem\u00e1s, como dec\u00eda Garc\u00eda M\u00e1rquez, el gran problema del matrimonio &#8220;es que se acaba todas las noches despu\u00e9s de hacer el amor y hay que volver a reconstruirlo todas las ma\u00f1anas antes del desayuno\u201d. Que cada palo aguante su vela.<\/p>\n<p style=\"text-transform: uppercase;\"><a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=NJfCuMmhSjc\" rel=\"external nofollow\">EXPECTATIVA VS. REALIDAD: MATRIMONIO<\/a><\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/NJfCuMmhSjc\" frameborder=\"0\" width=\"560\" height=\"315\"><\/iframe><\/p>\n<p>Antes de pasar a narrarte 5\u00a0<em>Relatos Salvajes<\/em>, si te encuentras en esta terrible situaci\u00f3n de enga\u00f1o tienes que saber que existen <strong>8\u00a0condicionantes para declarar la nulidad matrimonial:\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>1<\/strong><\/span> Primero que nada debes entender qu\u00e9 significa eso de \u201cnulidad\u201d. Tal declaraci\u00f3n<strong> invalida el acto jur\u00eddico<\/strong>, supone que el contrato celebrado deje, no s\u00f3lo de tener efectos, sino que adem\u00e1s se retrotraiga al momento de su celebraci\u00f3n. Vamos, que es como si todo hubiera sido un sue\u00f1o, como si nada hubiese ocurrido, ni el hecho en s\u00ed, ni todos los que vinieron detr\u00e1s.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>2<\/strong><\/span>\u00a0La declaraci\u00f3n de nulidad (que no s\u00f3lo se da en el matrimonio, recuerda el caso de los <a href=\"http:\/\/www.lasprovincias.es\/20131022\/mas-actualidad\/politica\/fiscal-pide-anulacion-201310221625.html\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">ERE de RTVV<\/a>), <strong>sol\u00eda producirse sobre todo anta\u00f1o<\/strong>, cuando los matrimonios eran concertados por los padres, o por razones religiosas en cuesti\u00f3n de pocos meses los novios estaban pasando por la iglesia y luego ven\u00edan los problemas porque la pareja no se conoc\u00eda lo suficiente.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>3<\/strong><\/span> <strong>\u00bfPor qu\u00e9 el matrimonio se puede declarar nulo?<\/strong>\u00a0Tal y como ocurre en los contratos en general, no existe contrato si no concurren consentimiento, objeto y causa. As\u00ed, casarte con alguien que no es como aparentaba ser puede suponer un vicio en el consentimiento.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>4<\/strong><\/span> <strong>No se trata de que el matrimonio haya evolucionado a mal<\/strong>, que tu pareja de repente se haga lud\u00f3pata, alcoh\u00f3lica o extremista radical, que para tal caso desde 1981 tienes a tu disposici\u00f3n el divorcio, sino que tal coyuntura exist\u00eda antes del acto nupcial y lo desconoc\u00edas.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>5<\/strong><\/span> Eso s\u00ed, para solicitar la nulidad matrimonial ten en cuenta que <strong>el error debe ser sobre una cualidad esencial y sustancial de la persona<\/strong> que de haberla percibido nunca te hubieras casado. No vale decir que pensabas que tu pareja era rubia natural y resulta ser de bote o que tiene esto o aquello operado y que te lo hab\u00eda ocultado. Nada de eso, aqu\u00ed hablamos de cosas serias.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>6<\/strong><\/span>\u00a0Adem\u00e1s, <strong>puede versar tanto por defectos f\u00edsicos como ps\u00edquicos,<\/strong> pero no sobre condiciones profesionales o econ\u00f3micas. Si consigue enamorarte con los millones que dice tener en Suiza y luego de repente se esfuman, no ser\u00e1 causa suficiente para declarar la nulidad.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>7<\/strong><\/span>\u00a0No obstante, este error sobre la persona ser\u00e1 alegable <strong>siempre que no lo pudieras haberlo evitado empleando la diligencia media<\/strong>, para ello ser\u00e1 necesario valorar los hechos y conductas de ambos c\u00f3nyuges durante el noviazgo. Un ejemplo ser\u00eda el caso real (no he localizado la sentencia pero existe) de un matrimonio en el que el esposo solicit\u00f3 la nulidad porque descubri\u00f3 que su esposa anta\u00f1o hab\u00eda sido Manolo. El susodicho afirm\u00f3 ante el juez que durante su etapa de novios siempre hab\u00edan mantenido relaciones sexuales anales, pero que desconoc\u00eda la condici\u00f3n de transexual de su esposa\u00a0(no s\u00e9 c\u00f3mo no se pudo dar cuenta). El magistrado finalmente le concedi\u00f3 la nulidad matrimonial por error en la persona al considerar que el demandante hab\u00eda empleado la diligencia media exigible. Cosas de los jueces.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>8<\/strong><\/span>\u00a0 Como te he dicho en anteriores ocasiones, <strong>el problema de estos casos es la prueba<\/strong>, el juez tendr\u00e1 que poder determinar que el matrimonio se contrajo sin un verdadero consentimiento de los esposos.<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<p><strong>En estas <span style=\"font-size: 14px; color: #087dd6;\">5 HISTORIAS REALES<\/span>, a la par que jocosas,\u00a0los demandantes consiguieron la nulidad matrimonial:<\/strong><br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-large wp-image-73\" title=\"nulidad matrimonial\" src=\"\/danos-prejuicios\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial.jpg\" alt=\"\" width=\"645\" height=\"645\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial.jpg 1000w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial-150x150.jpg 150w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial-300x300.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial-768x768.jpg 768w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/nulidad-matrimonial-645x645.jpg 645w\" sizes=\"(max-width: 645px) 100vw, 645px\" \/><\/p>\n<p style=\"font-size: 10px; text-transform: uppercase; text-align: right; max-width: 610px;\"><a style=\"color: #000;\" href=\"http:\/\/www.txemarodriguez.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">Foto: Txema Rodr\u00edguez<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><span style=\"font-size: 25px; color: #087dd6;\"><strong>NUESTROS INVITADOS DE LA TARDE SON&#8230;<\/strong><\/span><\/h2>\n<p><strong>EL HIJO QUE ESPERABAN NO ERA SUYO<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Casto G. F, casado desde 1998 con Mar\u00eda del Pilar J. P.\u00a0consigui\u00f3 en 2001 la nulidad matrimonial. El demandante prest\u00f3 por error el consentimiento al pensar que su futura esposa era la futura madre de su hijo. Ante el juez declar\u00f3 que de haber conocido que el fruto del embarazo que le llev\u00f3 al altar no era suyo, o de no haber existido tal embarazo, nunca hubiera contra\u00eddo nupcias.\u00a0<span style=\"font-size: small;\"><strong>Sentencia n\u00fam. 456\/2001 de 14 noviembre. AC 2001\\2509 de la Audiencia Provincial de Toledo<\/strong><\/span><\/p>\n<p><strong>SU ESPOSA ES MAN\u00cdACA DEPRESIVA<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Jos\u00e9 Manuel C. M. consigui\u00f3 declarar nulo su matrimonio con Carmen L. C. \u00a0quien padec\u00eda no s\u00f3lo un s\u00edndrome man\u00edaco depresivo con estados de excitaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n una disminuci\u00f3n del intelecto con un retraso mental leve (CI total = 63) y un trastorno de adaptaci\u00f3n con alteraci\u00f3n de emociones.\u00a0Su marido Jos\u00e9 Manuel, desconocedor de tal situaci\u00f3n al momento de contraer matrimonio, aleg\u00f3 ante el juez que al tratarse de una discapacidad leve y hallarse su esposa sometida a un tratamiento m\u00e9dico-psiqui\u00e1trico, le hab\u00eda sido imposible percibirlo durante los cuatro meses que dur\u00f3 el noviazgo.\u00a0<span style=\"font-size: small;\"><strong>Sentencia n\u00fam. 42\/2003 de 26 febrero. AC 2003\\433 de la Audiencia Provincial de Pontevedra<\/strong><\/span><\/p>\n<p><strong>LA ASEXUALIDAD EXISTE<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Rosendo, natural de Brasil, ten\u00eda inter\u00e9s en contraer matrimonio con Narciso para garantizar su permanencia en Espa\u00f1a. Ambos se conocieron en 2007 y mientras fueron novios, hasta que se casaron en 2008, nunca mantuvieron relaciones sexuales plenas. Como manifestaron en el acto de la vista, el hecho de que viviera una tercera persona en el domicilio que cohabitaban, cohib\u00eda a Rosendo.\u00a0La relaci\u00f3n, tal y como apunta la sentencia, estuvo llena de excusas a la hora de mantener relaciones sexuales, el demandado alegaba razones de educaci\u00f3n, cultura y formaci\u00f3n religiosa.<\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Una vez contra\u00eddo matrimonio, al seguir sin tener sexo, el demandado, Rosendo, reconoci\u00f3 a su marido que era asexual diagnosticado, por lo que no pod\u00eda acostarse ni con hombres ni con mujeres. Dicha situaci\u00f3n fue acreditada ante el juez por una psic\u00f3loga en cuyo informe afirm\u00f3 que Rosendo &#8220;presenta desorientaci\u00f3n sexual y falta total de apetito sexual respecto de la pareja con la que convive y muestra rechazo por su mismo sexo decant\u00e1ndose por una mayor inclinaci\u00f3n por el sexo femenino, presentando adem\u00e1s una clara inmadurez emocional, dependencia afectiva y falta de identidad sexual&#8221;. Finalmente, el juez les concedi\u00f3 la nulidad matrimonial por error en la persona al no ser \u00e9sta homosexual sino asexual.\u00a0<span style=\"font-size: small;\"><strong>Sentencia n\u00fam. 393\/2011 de 19 julio. AC 2011\\2083 del Juzgado de Primera Instancia n\u00famero 75 de Madrid<\/strong><\/span><\/p>\n<p><strong>INFIDELIDAD EN LA DESPEDIDA DE SOLTERO<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Andrea y David se casaron en octubre de 2007 bajo el fantasma de la infidelidad. David, que le fue infiel a su futura esposa durante la despedida de soltero celebrada en septiembre de ese mismo a\u00f1o, sigui\u00f3 manteniendo contacto con su amante v\u00eda sms y correos electr\u00f3nicos incluso el mismo d\u00eda de la boda. Como se puede leer en la sentencia esto supon\u00eda &#8220;una situaci\u00f3n y relaci\u00f3n incompatible con quien iba a contraer matrimonio pr\u00f3ximamente, siendo especialmente significativo el sms enviado pocas horas antes del matrimonio y que ninguna duda deja acerca de la relaci\u00f3n habida entre ambos&#8221;. \u00a0Al entender el juez que de haber conocido Andrea dicha situaci\u00f3n no hubiese pasado por el altar, les concedi\u00f3 la nulidad matrimonial.\u00a0<span style=\"font-size: small;\"><strong>Sentencia n\u00fam. 251\/2010 de 27 abril. JUR 2010\\253437 de la Audiencia Provincial de Valencia<\/strong><\/span><\/p>\n<p><strong>SE CAS\u00d3 PARA DISFRUTAR DEL VIAJE<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Bernardo solicit\u00f3, y consigui\u00f3, declarar nulo el matrimonio contra\u00eddo con Leticia. Seg\u00fan sostuvo el actor ante el juez, su esposa no quer\u00eda contraerlo y s\u00f3lo &#8220;se cas\u00f3 para poder disfrutar de la celebraci\u00f3n y pasar unos d\u00edas de viaje&#8221;. Adem\u00e1s, a\u00f1adi\u00f3 que la intenci\u00f3n de su esposa era satisfacer su deseo de consagrar su relaci\u00f3n afectiva debido a sus arraigadas creencias religiosas las cuales ella no compart\u00eda. Leticia en el interrogatorio admiti\u00f3 que no quer\u00eda casarse ni cre\u00eda en el matrimonio, que para vivir juntos no era necesario contraer matrimonio, y que accedi\u00f3 a su celebraci\u00f3n para no desilusionar al que era su novio.\u00a0<span style=\"font-size: small;\"><strong>Sentencia n\u00fam. 17\/2003 de 28 marzo. JUR 2003\\209974<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<h2><span style=\"font-size: 25px; color: #087dd6;\"><strong>ALGO DE LEGISLACI\u00d3N<\/strong><\/span><\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 107 del C\u00f3digo Civil (CC)<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">1. La nulidad del matrimonio y sus efectos se determinar\u00e1n de conformidad con la ley aplicable a su celebraci\u00f3n.<br \/>\n2. La separaci\u00f3n y el divorcio se regir\u00e1n por la ley nacional com\u00fan de los c\u00f3nyuges en el momento de la presentaci\u00f3n de la demanda; a falta de nacionalidad com\u00fan, por la ley de la residencia habitual com\u00fan del matrimonio en dicho momento y, en defecto de \u00e9sta, por la ley de la \u00faltima residencia habitual com\u00fan del matrimonio si uno de los c\u00f3nyuges a\u00fan reside habitualmente en dicho Estado.<br \/>\nEn todo caso, se aplicar\u00e1 la ley espa\u00f1ola cuando uno de los c\u00f3nyuges sea espa\u00f1ol o resida habitualmente en Espa\u00f1a:<br \/>\na) Si no resultara aplicable ninguna de las leyes anteriormente mencionadas.<br \/>\nb) Si en la demanda presentada ante tribunal espa\u00f1ol la separaci\u00f3n o el divorcio se pide por ambos c\u00f3nyuges o por uno con el consentimiento del otro.<br \/>\nc) Si las leyes indicadas en el p\u00e1rrafo primero de este apartado no reconocieran la separaci\u00f3n o el divorcio o lo hicieran de forma discriminatoria o contraria al orden p\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 73 CC<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebraci\u00f3n:<br \/>\n1.\u00ba El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.<br \/>\n2.\u00ba El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los art\u00edculos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al art\u00edculo 48.<br \/>\n3.\u00ba El que se contraiga sin la intervenci\u00f3n del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.<br \/>\n4.\u00ba El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestaci\u00f3n del consentimiento.<br \/>\n5.\u00ba El contra\u00eddo por coacci\u00f3n o miedo grave.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 76 CC<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">En los casos de error, coacci\u00f3n o miedo grave solamente podr\u00e1 ejercitar la acci\u00f3n de nulidad el c\u00f3nyuge que hubiera sufrido el vicio.<br \/>\nCaduca la acci\u00f3n y se convalida el matrimonio si los c\u00f3nyuges hubieran vivido juntos durante un a\u00f1o despu\u00e9s de desvanecido el error o de haber cesado la fuerza o la causa del miedo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1265 CC<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Ser\u00e1 nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidaci\u00f3n o dolo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1266 CC<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Para que el error invalide el consentimiento, deber\u00e1 recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.<br \/>\nEl error sobre la persona s\u00f3lo invalidar\u00e1 el contrato cuando la consideraci\u00f3n a ella hubiese sido la causa principal del mismo.<br \/>\nEl simple error de cuenta s\u00f3lo dar\u00e1 lugar a su correcci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<span style=\"font-size: 14px; color: #999999;\"><em>Con estas l\u00edneas no pretendo cerrar la cuesti\u00f3n, s\u00f3lo se trata de una exposici\u00f3n de ideas. Si se encuentra en esta situaci\u00f3n acuda a un buen abogado y recuerde que siempre es mejor un mal acuerdo que un buen pleito.<\/em><\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 14px; color: #999999;\"><em>Para sugerencias, quejas o recomendaciones puede escribirme a <a href=\"mailto:bzuniga@lasprovincias.es?Subject=Para Da\u00f1os y Prejuicios\" target=\"_top\">bzuniga@lasprovincias.es<\/a><\/em><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S i esto fuese el programa de televisi\u00f3n El Diario de Patricia este post tendr\u00eda que comenzar necesariamente as\u00ed: \u00bfte has casado y has descubierto que tu pareja es asexual?, \u00bfpasaste por el altar porque ibais a tener un hijo y te has enterado de que no es tuyo? 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