{"id":55,"date":"2015-03-03T08:16:05","date_gmt":"2015-03-03T07:16:05","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/?p=55"},"modified":"2015-03-03T08:16:05","modified_gmt":"2015-03-03T07:16:05","slug":"1000e-por-tus-ovulos-y-30e-por-tu-semen","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.lasprovincias.es\/danos-prejuicios\/2015\/03\/03\/1000e-por-tus-ovulos-y-30e-por-tu-semen\/","title":{"rendered":"1000\u20ac por tus \u00f3vulos y 30\u20ac por tu semen"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"float: left; color: #087dd6; font-family: fjord one; font-size: 100px; line-height: 70px; padding-top: 4px;\">T<\/span> e gustar\u00eda tener descendencia sin pasar por el duro trance de alimentarla y s\u00f3lo por una cuesti\u00f3n de ego? \u00bfQuieres ayudar a la gente para que pueda formar su propia familia? En la actualidad, pese a que t\u00fa desperdicias el semen por a saber d\u00f3nde, tal y como apunta el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI), alrededor de 800.000 parejas espa\u00f1olas sufren problemas de infertilidad. Los especialistas alertan que pese al incremento de las donaciones, \u00e9stas siguen siendo insuficientes respecto a la demanda. Se necesitan donantes de sangre, m\u00e9dula, \u00f3rganos y de muchas otras cosas, pero tambi\u00e9n se buscan personas caritativas que cedan sus gametos, \u00f3vulos o semen, seg\u00fan los casos. Aunque para el caso de los hombres pueda parecer de lo m\u00e1s sencillo, (tardan poco m\u00e1s de 15 minutos) revista en mano y a la sala con el bote, existen <strong>13 condicionantes que debes saber antes de embarcarte en esta feliz no paternidad<\/strong>:<!--more--><\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>1<\/strong><\/span>\u00a0Primero que nada, debes saber que la donaci\u00f3n de gametos se trata de un <strong>contrato concertado entre el donante y el centro autorizado. <\/strong>Puede parecer que esto no tiene ning\u00fan inter\u00e9s, pero ojo, que quede claro que contratas con el centro y no con la persona a la que vas a ayudar.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>2<\/strong><\/span>\u00a0Para poder ser donante de semen deber\u00e1s tener<strong> entre 18 y 50 a\u00f1os, en el caso de las mujeres tan s\u00f3lo podr\u00e1s serlo hasta los 35<\/strong>. Esta diferencia de edad, entre un sexo y otro, se debe a razones obvias. Ten en cuenta que cuanto m\u00e1s mayores seamos, tanto unos como otros, menos probabilidades tendremos de que nuestra donaci\u00f3n sirva para algo. Para no pasar por el aprieto en el que a los 40 te digan que ya no sirves ni para ser donante, te recomiendo que mantengas una <a href=\"http:\/\/blogs.lasprovincias.es\/fitness-roll\/\" target=\"_blank\">vida sana<\/a>.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>3<\/strong><\/span> Debes <strong>tener plena capacidad de obrar<\/strong>, esto es, que seas mayor de edad y que no est\u00e9s incapacitado legalmente para que tu consentimiento sea eficaz.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>4<\/strong><\/span>\u00a0Lleva un buen ritmo de vida, no fumes, no bebas en exceso, haz ejercicio&#8230; Para ser donante debes tener un <strong>buen estado de salud psicof\u00edsica<\/strong>, que no padezcas enfermedades gen\u00e9ticas, hereditarias o infecciosas transmisibles a la descendencia. Seguro que en este punto la mayor\u00eda de nosotros debemos retirarnos del proceso de selecci\u00f3n a donantes del a\u00f1o. Algunos, si padecen problemas hereditarios, siempre podr\u00e1n culpar a sus progenitores, aunque seguro que no es tu caso.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>5<\/strong><\/span> No pienses que vas a poder conocer a lo que se ha formado gracias a tu aportaci\u00f3n, pues <strong>la donaci\u00f3n es an\u00f3nima, <\/strong>salvo que le hayas donado el esperma a tu mujer o conviviente de hecho. Sobre esto, parte de la doctrina duda sobre si el principio de anonimato del donante puede ser compatible con el de investigaci\u00f3n de la paternidad consagrado en el art\u00edculo <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/Admin\/constitucion.t1.html\" target=\"_blank\" rel=\"external nofollow\">39<\/a> de la Constituci\u00f3n. \u00bfHasta qu\u00e9 punto puede suponer una discriminaci\u00f3n de los hijos concebidos mediante las t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n asistida? Ah\u00ed lo dejo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>6<\/strong><\/span>\u00a0Y lo m\u00e1s controvertido, \u00bfse paga? Pese a que la donaci\u00f3n, <strong>debe ser altruista y tiene car\u00e1cter gratuito<\/strong>, lo cierto es que no se excluye la posibilidad de percibir una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica resarcitoria. As\u00ed pues, esta indemnizaci\u00f3n, que s\u00f3lo podr\u00e1 compensar estrictamente las molestias f\u00edsicas y los gastos de desplazamiento y laborales, oscila para el semen entre los 30 y 50\u20ac y para los \u00f3vulos 1.000\u20ac (en Estados Unidos, puede rondar los 7.000\u20ac). Tal y como podemos observar en este gr\u00e1fico, la donaci\u00f3n de \u00f3vulos a partir de la crisis, ha sufrido un incremento m\u00e1s que notable:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-large wp-image-56\" title=\"ivi (1)\" src=\"\/danos-prejuicios\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/ivi-1.jpg\" alt=\"\" width=\"645\" height=\"263\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/ivi-1.jpg 2727w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/ivi-1-300x122.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/ivi-1-768x313.jpg 768w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/ivi-1-645x263.jpg 645w\" sizes=\"(max-width: 645px) 100vw, 645px\" \/><br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>7<\/strong><\/span>\u00a0\u00bfPor qu\u00e9 no se puede pagar? Los \u00f3rganos son bienes de la personalidad y est\u00e1n fuera del comercio humano. Adem\u00e1s, ten en cuenta que <strong>la desigualdad entre los resarcimientos econ\u00f3micos para el hombre y la mujer viene dada por la diferencia notoria de proceso<\/strong>. Mientras que los hombres no necesitan m\u00e1s que un poco de sequ\u00eda sexual, las mujeres deben pasar por un tratamiento e ingresar en la cl\u00ednica durante tres horas para la punci\u00f3n folicular. Realmente, donar semen no dista tanto de lo que pueda ser una donaci\u00f3n de sangre. Salvando las distancias.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>8<\/strong><\/span>\u00a0Eso s\u00ed, pese que exista una compensaci\u00f3n, no te pienses que has encontrado el trabajo de tu vida.\u00a0<strong>El n\u00famero m\u00e1ximo autorizado de hijos nacidos en Espa\u00f1a generados con tus gametos, no deber\u00e1 ser superior a seis<\/strong>. Para ello, deber\u00e1s declarar en cada donaci\u00f3n si has realizado otras previas. A ver si te pensabas que ibas a conquistar el mundo con tu especie, piensa en los problemas que podr\u00eda acarrear que tuvieses los 100.000 hijos de San Luis por ah\u00ed repartidos. \u00bfQui\u00e9n te asegura que no acaben reproduci\u00e9ndose entre ellos?<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>9<\/strong><\/span>\u00a0Por tu parte, si eres la donataria, la usuaria de las t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n asistida, debes saber que <strong>si est\u00e1s casada<\/strong> (salvo separaci\u00f3n), <strong>ser\u00e1 necesario el consentimiento de tu marido<\/strong> para que el hijo se considere matrimonial aunque el esperma proceda de un tercero. Nada de sorpresas de: &#8220;cari\u00f1o estoy embarazada y no es tuyo&#8221;.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>10<\/strong><\/span>\u00a0 Un apunte curioso, <strong>es posible la fecundaci\u00f3n <em>post mortem<\/em><\/strong> con esperma congelado de tu marido si \u00e9ste, previendo esta posibilidad, lo hubiera consentido expl\u00edcitamente y siempre que dicha fecundaci\u00f3n se realice dentro de los 12 meses siguientes a su fallecimiento.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>11<\/strong><\/span>\u00a0Aunque supongo que lo sabes, nunca est\u00e1 de m\u00e1s recordarlo con todo esto de la donaci\u00f3n de gametos: el contrato\u00a0por el que se acuerda la gestaci\u00f3n, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la maternidad a favor de un tercero, en nuestro pa\u00eds es nulo. <strong>Est\u00e1 prohibido lo que se conoce como vientre de alquiler<\/strong>.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>12<\/strong><\/span>\u00a0Respecto al punto anterior, aunque a veces se acuda a pa\u00edses donde s\u00ed se admite esta pr\u00e1ctica y se inscriba en el Registro Consular espa\u00f1ol con apoyo en un documento p\u00fablico del pa\u00eds extranjero, esto puede constituir un\u00a0<strong>fraude de ley<\/strong>.<\/p>\n<p><span style=\"color: #fff; background-color: #d10a10; padding: 0 5px;\"><strong>13<\/strong><\/span>\u00a0Pese a todo lo detallado, ten en cuenta que la <strong>publicidad realizada por los centros autorizados debe respetar el car\u00e1cter altruista de la donaci\u00f3n<\/strong> y que no pueden ofrecer compensaci\u00f3n o beneficios econ\u00f3micos. De ah\u00ed que la mayor\u00eda de anuncios que puedas encontrar de cl\u00ednicas de reproducci\u00f3n asistida, hablen de ayudar a miles de parejas a cumplir el sue\u00f1o de ser padres y nunca de ayudarte a ti a sacarte un dinerillo extra.<\/p>\n<p><strong>NOTA:<\/strong>\u00a0Si cumples los requisitos y quieres ayudar a la gente que lo necesita, no dudes en hacerte donante, pero acude siempre a centro autorizado.<br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-large wp-image-57\" title=\"DOCU_GRUPO\" src=\"\/danos-prejuicios\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/GF0ILUJ1-1.jpg\" alt=\"\" width=\"560\" height=\"374\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/GF0ILUJ1-1.jpg 929w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/GF0ILUJ1-1-300x201.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/GF0ILUJ1-1-768x514.jpg 768w, https:\/\/static-blogs.lasprovincias.es\/wp-content\/uploads\/sites\/43\/2015\/03\/GF0ILUJ1-1-645x432.jpg 645w\" sizes=\"(max-width: 560px) 100vw, 560px\" \/><br \/>\n&nbsp;<\/p>\n<h2><span style=\"font-size: 25px; color: #087dd6;\"><strong>ALGO DE LEGISLACI\u00d3N<\/strong><\/span><\/h2>\n<p><strong>Art\u00edculo 15 CE<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Todos tienen derecho a la vida y a la integridad f\u00edsica y moral, sin que, en ning\u00fan caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2 Real Decreto 412\/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen los protocolos obligatorios de estudio de los donantes y usuarios relacionados con las t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n humana asistida y se regula la creaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del Registro Nacional de Donantes de Gametos y Preembriones con fines de reproducci\u00f3n humana.<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">Podr\u00e1n ser donantes de gametos y preembriones las personas que re\u00fanan los requisitos siguientes:<br \/>\n1. Ser mayores de 18 a\u00f1os y con plena capacidad de obrar. Al objeto de evitar, en la medida de lo posible, la aparici\u00f3n de malformaciones cromos\u00f3micas, las donantes de gametos femeninos no deber\u00e1n tener m\u00e1s de treinta y cinco a\u00f1os de edad ni m\u00e1s de 50 a\u00f1os los donantes de gametos masculinos.<br \/>\n2. Estar en buen estado de salud psicof\u00edsica.<br \/>\n3. La donaci\u00f3n se formalizar\u00e1 mediante contrato escrito, previa informaci\u00f3n por protocolo de consentimiento informado de los fines y consecuencias del acto, as\u00ed como de los procedimientos y estudios a los que ser\u00e1 sometido el donante.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5 de la Ley 14\/2006, de 26 de mayo, sobre t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n humana asistida. (Incompleto)<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">1. La donaci\u00f3n de gametos y preembriones para las finalidades autorizadas por esta Ley es un contrato gratuito, formal y confidencial concertado entre el donante y el centro autorizado.<br \/>\n3. La donaci\u00f3n nunca tendr\u00e1 car\u00e1cter lucrativo o comercial. La compensaci\u00f3n econ\u00f3mica resarcitoria que se pueda fijar s\u00f3lo podr\u00e1 compensar estrictamente las molestias f\u00edsicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donaci\u00f3n y no podr\u00e1 suponer incentivo econ\u00f3mico para \u00e9sta.<br \/>\nCualquier actividad de publicidad o promoci\u00f3n por parte de centros autorizados que incentive la donaci\u00f3n de c\u00e9lulas y tejidos humanos deber\u00e1 respetar el car\u00e1cter altruista de aqu\u00e9lla, no pudiendo, en ning\u00fan caso, alentar la donaci\u00f3n mediante la oferta de compensaciones o beneficios econ\u00f3micos. [&#8230;]<br \/>\n4. El contrato se formalizar\u00e1 por escrito entre los donantes y el centro autorizado. Antes de la formalizaci\u00f3n, los donantes habr\u00e1n de ser informados de los fines y consecuencias del acto. La informaci\u00f3n y el consentimiento deber\u00e1n efectuarse en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio del dise\u00f1o para todos, de manera que resulten accesibles y comprensibles a las personas con discapacidad.<br \/>\n5. La donaci\u00f3n ser\u00e1 an\u00f3nima y deber\u00e1 garantizarse la confidencialidad de los datos de identidad de los donantes por los bancos de gametos, as\u00ed como, en su caso, por los registros de donantes y de actividad de los centros que se constituyan.<br \/>\nLos hijos nacidos tienen derecho por s\u00ed o por sus representantes legales a obtener informaci\u00f3n general de los donantes que no incluya su identidad. [&#8230;]<br \/>\n7. El n\u00famero m\u00e1ximo autorizado de hijos nacidos en Espa\u00f1a que hubieran sido generados con gametos de un mismo donante no deber\u00e1 ser superior a seis. A los efectos del mantenimiento efectivo de ese l\u00edmite, los donantes deber\u00e1n declarar en cada donaci\u00f3n si han realizado otras previas, as\u00ed como las condiciones de \u00e9stas, e indicar el momento y el centro en el que se hubieran realizado dichas donaciones.<br \/>\nSer\u00e1 responsabilidad de cada centro o servicio que utilice gametos de donantes comprobar de manera fehaciente la identidad de los donantes, as\u00ed como, en su caso, las consecuencias de las donaciones anteriores realizadas en cuanto a la generaci\u00f3n de hijos nacidos previamente. Si se acreditase que el n\u00famero de \u00e9stos superaba el l\u00edmite establecido, se proceder\u00e1 a la destrucci\u00f3n de las muestras procedentes de ese donante.<br \/>\nA partir de la entrada en funcionamiento del Registro nacional de donantes a que se refiere el art\u00edculo 21, la comprobaci\u00f3n de dichos datos podr\u00e1 hacerse mediante consulta al registro correspondiente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6 de la Ley 14\/2006 (no \u00edntegro)<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">1. Toda mujer mayor de 18 a\u00f1os y con plena capacidad de obrar podr\u00e1 ser receptora o usuaria de las t\u00e9cnicas reguladas en esta Ley, siempre que haya prestado su consentimiento escrito a su utilizaci\u00f3n de manera libre, consciente y expresa.<br \/>\nLa mujer podr\u00e1 ser usuaria o receptora de las t\u00e9cnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientaci\u00f3n sexual.<br \/>\n3. Si la mujer estuviera casada, se precisar\u00e1, adem\u00e1s, el consentimiento de su marido, a menos que estuvieran separados legalmente o de hecho y as\u00ed conste de manera fehaciente. El consentimiento del c\u00f3nyuge, prestado antes de la utilizaci\u00f3n de las t\u00e9cnicas, deber\u00e1 reunir id\u00e9nticos requisitos de expresi\u00f3n libre, consciente y formal.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9 de la Ley 14\/2006<\/strong><\/p>\n<p style=\"font-size: 14px;\">1. No podr\u00e1 determinarse legalmente la filiaci\u00f3n ni reconocerse efecto o relaci\u00f3n jur\u00eddica alguna entre el hijo nacido por la aplicaci\u00f3n de las t\u00e9cnicas reguladas en esta Ley y el marido fallecido cuando el material reproductor de \u00e9ste no se halle en el \u00fatero de la mujer en la fecha de la muerte del var\u00f3n.<br \/>\n2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el marido podr\u00e1 prestar su consentimiento, en el documento a que se hace referencia en el art\u00edculo 6.3, en escritura p\u00fablica, en testamento o documento de instrucciones previas, para que su material reproductor pueda ser utilizado en los 12 meses siguientes a su fallecimiento para fecundar a su mujer. Tal generaci\u00f3n producir\u00e1 los efectos legales que se derivan de la filiaci\u00f3n matrimonial. El consentimiento para la aplicaci\u00f3n de las t\u00e9cnicas en dichas circunstancias podr\u00e1 ser revocado en cualquier momento anterior a la realizaci\u00f3n de aqu\u00e9llas.<br \/>\nSe presume otorgado el consentimiento a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior cuando el c\u00f3nyuge sup\u00e9rstite hubiera estado sometido a un proceso de reproducci\u00f3n asistida ya iniciado para la transferencia de preembriones constituidos con anterioridad al fallecimiento del marido.<br \/>\n3. El var\u00f3n no unido por v\u00ednculo matrimonial podr\u00e1 hacer uso de la posibilidad prevista en el apartado anterior; dicho consentimiento servir\u00e1 como t\u00edtulo para iniciar el expediente del art\u00edculo 49 de la Ley del Registro Civil, sin perjuicio de la acci\u00f3n judicial de reclamaci\u00f3n de paternidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<br \/>\n&nbsp;<br \/>\n<span style=\"font-size: 14px; color: #999999;\"><em>Con estas l\u00edneas no pretendo cerrar la cuesti\u00f3n, s\u00f3lo se trata de una exposici\u00f3n de ideas. Si se encuentra en esta situaci\u00f3n acuda a un buen abogado y recuerde que siempre es mejor un mal acuerdo que un buen pleito.<\/em><\/span><br \/>\n<span style=\"font-size: 14px; color: #999999;\"><em>Para sugerencias, quejas o recomendaciones puede escribirme a <a href=\"mailto:bzuniga@lasprovincias.es?Subject=Para Da\u00f1os y Prejuicios\" target=\"_top\">bzuniga@lasprovincias.es<\/a><\/em><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>T e gustar\u00eda tener descendencia sin pasar por el duro trance de alimentarla y s\u00f3lo por una cuesti\u00f3n de ego? \u00bfQuieres ayudar a la gente para que pueda formar su propia familia? 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