Seguro que has escuchado más de una vez eso de que España es un país de pandereta, que somos el quiero y no puedo, pero quizás después de leer estas prohibiciones absurdas que hay por los distintos países de Europa, cambias un poco de idea. Es cierto que muchas de ellas no están vigentes o que no se aplican ¡sólo faltaba! Pero aún así, resulta cuanto menos curioso hallarlas en los textos legales. Y aunque los norteamericanos se llevan el premio gordo de leyes estúpidas por metro cuadrado, en nuestro país tampoco son escasas las incoherencias legislativas, por no hablar de las jurisprudenciales. No obstante, debes tener en cuenta que no todos los sistemas judiciales funcionan de la misma forma, en Estados Unidos, por ejemplo, no se codifican las leyes y la resoluciones de los tribunales son fuente del Derecho, de ahí que en muchas películas hayas visto que para salvar al malhechor, el abogado de turno recurra a la analogía de sentencias dictadas lustros atrás.
PORTUGAL
1 Si vas de visita a nuestro país vecino debes saber que está prohibido orinar en el océano. Ésta es una de esas normas imposibles de aplicar, ¿cómo van a controlar las autoridades lusas si evacúas en el mar? Igual se han planteado la posibilidad de verter colorantes chivatos de esos que sólo se ven en las películas, o han tratado de poner termómetros en la orilla para apreciar los cambios de temperatura, quién sabe.
ITALIA
2 En Milán existe una ley que obliga a sus ciudadanos a sonreír en todo momento. Aunque hay excepciones al precepto, como cuando asisten a funerales o visitan hospitales, no me extrañaría que dicha norma hubiese sido impulsada por una conocida marca de crema antiarrugas.
3 Por su parte, en Venecia, está penado con multa dar de comer a los pájaros. Pobres de los que no tienen nada que hacer un domingo por la tarde.
FRANCIA
4 Entre las 8 de la mañana y las 8 de la tarde el 70% de la música que se emite en la radio ha de ser de artistas franceses. Aunque pueda parecer absurdo, lo cierto es que, a mí parecer, sirve como estímulo para la cultura musical del país.
5 Además, es ilegal casarse con una persona muerta. Bien es cierto que resulta un obviedad decir que es imposible contraer matrimonio con alguien que ha fallecido, pero parece desproporcionado compilarlo en los textos legales.
6 También está prohibido bautizar a un cerdo con el nombre de Napoleón por considerarlo una ofensa al emperador.
INGLATERRA
7 Hasta 2012 estaba en vigor la prohibición de morir en el Parlamento. Esta restricción absurda (hasta donde sé es imposible decidir cuándo y en qué lugar te mueres) surgió de la idea de que quien fallecía en el Palacio de Westminster tenía derecho a un funeral de Estado. No obstante, existen cuatro muertes constatadas en dicho monumento neogótico y ninguno de los afectados recibió tal ceremonia.
8 Pese a que en muchas ocasiones se ha dicho que en el país anglosajón es ilegal subir a un taxi si tienes la peste negra, lo cierto es que ésta prohibición atañe a todas las enfermedades infectocontagiosas y en todos los transportes públicos. Si te encuentras en tal situación, deberás comunicarlo al conductor y podrás llegar a un acuerdo, siempre que éste se comprometa luego a desinfectar el vehículo.
9 También está prohibido encontrarse bajo los efectos del alcohol y en posesión de un arma si estás a cargo de un caballo. Eso es precaución.
SUIZA
10 En este país, los más de ocho millones de habitantes tienen prohibido tirar de la cadena del baño pasadas las 10 de la noche, al considerarse contaminación acústica. Falta les hace venir aquí para saber lo que es ruido de verdad.
ALEMANIA
11 A menudo envidiamos del país de Merkel sus autopistas, sus grandes carreteras sin límite de velocidad, pero no es oro todo lo que reluce. Este apretón al acelerador puede acabar dejándote sin gasolina y que te lleves de regalo una bonita multa. Aunque no es ilegal quedarse sin carburante, sí lo es detener el vehículo por cualquier motivo que no sea una emergencia.
GRECIA
12 Adiós a los tacones. El gobierno heleno en 2010 aprobó una normativa en la que, con el fin de preservar los restos arqueológicos, se prohibe en ellos comer, beber, estar ebrio e incluso caminar con zapatos que puedan lesionar los monumentos.
ESPAÑA
13 Como ya te he dicho, en nuestro país no nos libramos de las desfachateces, un tema bastante incoherente es el de los límites de edades para hacer unas u otras cosas que ya te expliqué en otro post. Sin ir más lejos, yo me pregunto: ¿cómo puede ser que a los 14 años te permitan tener una familia y no te den la opción de mantenerla porque hasta los 16 está prohibido trabajar?
14 Las ordenanzas municipales nos ofrecen escenas de lo más peculiares, en Barcelona, por ejemplo, está prohibido ir con traje de baño por la vía pública. Todo un tributo al decoro.
15 Por nuestra parte, en Valencia, el consistorio ha decidido modificar la normativa de saneamiento para sancionar a los ciudadanos que tiren al inodoro toallitas higiénicas no biodegradables. Toda una hazaña encontrar al infractor.
Artículo 74 ter 2 de la Ordenanza de Medidas para Fomentar y Garantizar la Convivencia Ciudadana (CONV)
Transitar o estar en los espacios públicos sólo en bañador u otra ropa similar (excepto en piscinas, playas u otros lugares donde sea normal o habitual estar con esta ropa).
Artículo 46 del CC
No pueden contraer matrimonio:
1.º Los menores de edad no emancipados.
2.º Los que estén ligados con vínculo matrimonial.
Artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores
1. Se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de dieciséis años.
2. Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar trabajos nocturnos ni aquellas actividades o puestos de trabajo que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, previa consulta con las organizaciones sindicales más representativas, declare insalubres, penosos, nocivos o peligrosos, tanto para su salud como para su formación profesional y humana.
3. Se prohíbe realizar horas extraordinarias a los menores de dieciocho años.
4. La intervención de los menores de dieciséis años en espectáculos públicos sólo se autorizará en casos excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana; el permiso deberá constar por escrito y para actos determinados.
Artículo 48 del CC
El Ministro de Justicia puede dispensar, a instancia de parte, el impedimento de muerte dolosa del cónyuge anterior.
El Juez de Primera Instancia podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, los impedimentos del grado tercero entre colaterales y de edad a partir de los catorce años. En los expedientes de dispensa de edad deberán ser oídos el menor y sus padres o guardadores.
La dispensa ulterior convalida, desde su celebración, el matrimonio cuya nulidad no haya sido instada judicialmente por alguna de las partes.
Con estas líneas no pretendo cerrar la cuestión, sólo se trata de una exposición de ideas. Si se encuentra en esta situación acuda a un buen abogado y recuerde que siempre es mejor un mal acuerdo que un buen pleito.
Para sugerencias, quejas o recomendaciones puede escribirme a bzuniga@lasprovincias.es