Reconozco que cuando conocí la noticia, me quedé helada. Y es más, creo que aún me dura la tiritona. Ya sé que debemos respetar las decisiones judiciales y que cuando un juez toma una decisión no lo hace al albur de sus apetencias y caprichos sino con una base sólida de interpretación jurídica.
Sin embargo saber que la Audiencia de Castellón ha absuelto a un joven de abuso sexual a una niña de 13 años porque en su cultura son habituales las relaciones a esa edad no deja de sorprenderme.
Me pregunto si nuestro Estado de Derecho debe admitir esa excepción. Entiendo que la Ley es igual para todos y que, de no aplicarla teniendo en cuenta el caso, podría caerse en una injusticia, aunque parezca contradictorio.
Eso hace, por ejemplo, que la muerte de un marido se vea de forma diferente si es contratada y pagada por quien quiere cobrar un seguro o si es sobrevenida en una discusión por quien quiere librarse de un maltratador y está al límite de sus fuerzas. Ambos son muertes violentas pero concurren circunstancias que modifican su consideración. Así, todos entendimos que el jurado absolviera a la mujer que acabó con la vida de su verdugo en Tafalla después de aguantar 39 años de malos tratos.
Por eso respeto las diferencias que a veces encontramos en las decisiones judiciales porque doy por supuesto que responden a un análisis detenido por parte de los expertos. Sin embargo, me llama la atención que se condene a unos padres por permitir la ablación de su hija y se absuelva a un joven por mantener relaciones sexuales con una niña porque su cultura lo permite. ¿No podrían acogerse a eso mismo los padres de Gambia?
Más me escandaliza que la sentencia mencione -según se ha sabido- que el chico no sabía que en España eso era delito hasta que se lo dijeron los Servicios Sociales. Algo está fallando, pues, en la integración si hay inmigrantes que desconocen el marco legal en el que viven.