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Víctor Soriano

Reinterpretando el mapa

A la cárcel… ¡por una piscina!

He venido de vuelta del paréntesis electoral con ganas de hacer la competencia al magnífico blog de Beatriz de Zúñiga con un tema muy cotidiano pero desconocido de la perspectiva más jurídica del urbanismo, como son los delitos contra la ordenación del territorio; que a pesar de las consecuencias que pueden tener para la vida del común de los ciudadanos, pasan totalmente desapercibidos. El otro día encontré a varios amigos sorprendidos del hecho de que un matrimonio de Almassora (Castellón) hubiese sido condenado a prisión por realizar unas obras ilegales en su chalet de la playa. Y es que, aunque se ignore la relevancia penal de esos comportamientos que están socialmente tolerados, las administraciones y el Poder Judicial hacen cumplir la ley –eso sí, muy de vez en cuando-.

Todos conocemos las sanciones administrativas que pueden sernos impuestas por edificar sin licencia, por ejemplo, o por hacerlo de modo que contravenga lo dispuesto en la normativa urbanística. Y en muchos casos, se han asumido como un mal menor y bastante improbable. Al fin y al cabo, la dejadez de los ayuntamientos en el cumplimiento del régimen sancionador urbanístico es absoluta –les van muchos votos en ello, supongo-. Siempre quedaba la esperanza no muy remota de que las infracciones prescribieran y pudiésemos acabar legalizando nuestra casa, el paellero que hicimos para los domingos o la balsa de riego –con depuradora y trampolín- que en realidad es una piscina. Pero las consecuencias de obrar contra lo dispuesto en los planes urbanísticos pueden ser realmente muy duras (¡afortunadamente!).

Si como hizo aquella vecina o la prima de aquel otro, decidimos construirnos sin licencia, por ejemplo, una piscina, nos ponemos en riesgo de pasar por el juzgado, e incluso de acabar un tiempo a la sombra: el Código Penal tipifica en su art. 319 el delito contra la ordenación del territorio y prevé penas de prisión de hasta cuatro años (¡cuatro!) para quienes ejecuten obras ilegales en suelo no urbanizable protegido. Por supuesto, además de unas vacaciones pagadas en Picassent, sufriríamos una cuantiosa multa y la obligación de restaurar la legalidad urbanística –es decir, de devolver el terreno a su estado anterior a la construcción ilegal-. Obligación que, por cierto, en la Comunitat Valenciana, no prescribe nunca si nos encontramos en suelo protegido y que lo hace sólo a los 15 años en suelo no urbanizable común (una clasificación muy rara en las zonas de alto valor agrícola); así que aunque consiguiésemos zafarnos de la condena por un delito contra la ordenación del territorio, no podríamos dormir tranquilos.

Lo mejor, obviamente, es cumplir con la ley. No sólo por la seguridad y la tranquilidad que eso proporciona, sino porque hayamos adquirido la conciencia de la importancia de respetar la ordenación territorial y urbanística como medio para alcanzar el desarrollo sostenible para la sociedad y conseguir una mejor calidad de vida para todos los ciudadanos que la componen. Y si se tienen dudas, recurrir a un profesional competente que pueda guiarnos en la forma adecuada de proceder en las obras deseadas en los inmuebles e informarnos de los condicionantes urbanísticos que afectan a nuestra parcela.

Y contra el exasperante agravio comparativo al que aluden los todavía escasos incumplidores que se ven afectados por sanciones administrativas o penales, hay que exigir a la Administración y al Poder Judicial una mayor diligencia en el descubrimiento y la sanción de estas infracciones, lo que actualmente y con los medios satelitales de alta resolución disponibles a un coste ínfimo, sólo requiere de voluntad política. Tal vez una unidad técnica ‘mixta’ e independiente, al servicio de la Generalitat y la Fiscalía, podría ser la herramienta necesaria para evitar que los ayuntamientos hagan la vista gorda para no enemistarse con sus vecinos. ¿Tomará nota el próximo conseller de Territorio?

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lasprovincias.es

Sobre el autor

Víctor Soriano i Piqueras es abogado y profesor de Derecho Administrativo. Tras graduarse en Derecho y en Geografía y Medio Ambiente realizó un máster en Derecho Ambiental en la Universidad 'Tor Vergata' de Roma, además de otros estudios de postgrado, y ha publicado, entre otros, el libro "La huerta de Valencia: un paisaje menguante".


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